La pregunta más recurrente cuando un freelance empieza a facturar bien: ¿monto una SL o sigo como autónomo? La respuesta depende de tus ingresos, tu situación patrimonial, lo que quieras reinvertir y cuánto estás dispuesto a pagar en gestoría. Aquí tienes la comparativa completa.
| Criterio | Autónomo | Sociedad Limitada |
|---|---|---|
| Tributación sobre beneficio | IRPF: 19%–47% | IS: 23% (25% si >1M€ facturación) |
| Responsabilidad patrimonial | Ilimitada (patrimonio personal) | Limitada al capital aportado |
| Tarifa plana RETA | Sí (80 €/mes, 12 meses) | No (autónomo societario sin bonificación) |
| Coste constitución | Gratis (alta en Hacienda + RETA) | 400–1.200 € (notaría + Registro) |
| Coste gestoría mensual | 50–100 €/mes | 130–250 €/mes |
| Imagen y credibilidad | Menor para grandes clientes | Mayor (persona jurídica) |
| Flexibilidad de gestión | Alta (trámites simples) | Menor (contabilidad mercantil, depósito de cuentas) |
| Reparto de dividendos | No aplica | Tributación adicional del 19%–26% al repartir |
Como autónomo tributan tus beneficios en el IRPF de forma progresiva. Cuando superas ciertos umbrales de renta, el tipo marginal escala rápido:
Una SL tributa en el Impuesto de Sociedades al 23% si su cifra de negocios del año anterior fue inferior a 1 millón de euros (tipo reducido desde 2023). Si la supera, el tipo es el 25%.
Por debajo de 50.000 € de beneficio neto, el IRPF y el IS son similares o el autónomo incluso sale mejor (sin costes de constitución ni mayor gestoría). A partir de esa cifra, el ahorro fiscal de la SL empieza a compensar los costes adicionales.
El gran ahorro de una SL no está en el tipo nominal del IS, sino en la capacidad de retener beneficios dentro de la sociedad al 23% en lugar de tributarlos en IRPF al 45%. Esos fondos retenidos pueden reinvertirse en el negocio, en inversiones o en patrimonio sin tributar el exceso de IRPF en ese momento.
El peaje llega cuando repartes los beneficios como dividendo: se aplica una retención adicional del 19%–26% sobre el dividendo, en función de la cantidad. La tributación total (IS + dividendo) puede ser similar a la del autónomo si repartes todo anualmente. La ventaja real es el diferimiento fiscal y la retención acumulada.
Si eres administrador de tu propia SL y tienes una participación igual o superior al 25%, eres considerado autónomo societario y cotizas en el RETA. Esto implica:
Si tu SL gana 80.000 €, paga el 23% de IS (18.400 €) y luego repartes los 61.600 € restantes como dividendo, tributas otro 21-26% en IRPF. En total puedes pagar más que siendo autónomo en algunos tramos. La SL solo ahorra si dejas beneficios dentro.
Antes de tomar la decisión, calcula cuánto pagas realmente de IRPF como autónomo para comparar con el IS de una SL. → Calculadora IRPF autónomos 2026
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