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Calculadora deducción vehículo autónomos 2026
Calcula cuánto puedes deducir por tu coche: IVA deducible en la compra, amortización anual y gastos corrientes deducibles en IRPF.
Introduce los datos de tu vehículo y pulsa Calcular para ver cuánto puedes deducir.
IVA deducible en compra
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Amortización deducible / año (IRPF)
—€/año
Gastos corrientes deducibles / año
—€/año
Total deducción estimada año 1
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Nota legal
Preguntas frecuentes
¿Cuánto IVA puede deducir un autónomo por su vehículo?
La regla general es el 50% del IVA soportado en la compra o en las cuotas de renting/leasing, sin necesidad de justificar el uso profesional (art. 95.Tres.2ª LIVA, presunción de afectación del 50%). Para deducir más del 50% es necesario demostrar que el uso profesional es superior, algo que Hacienda acepta con dificultad para vehículos de turismo. La deducción del 100% está reservada a actividades de transporte (taxi, VTC, mensajería, autoescuela).
¿Puede un autónomo deducir los gastos del coche en el IRPF?
Sí, en proporción al uso profesional. Para ello, el vehículo debe estar registrado en los libros como activo afecto a la actividad. Los gastos deducibles incluyen combustible, seguro, ITV, reparaciones, parking y peajes, en el porcentaje de uso profesional declarado. La amortización también es deducible: el coeficiente máximo para turismos es del 16% anual (período de amortización máximo 14 años) según las tablas de Hacienda.
¿Qué diferencia hay entre deducir en IVA y deducir en IRPF?
Son deducciones independientes y no tienen por qué coincidir. En IVA: puedes deducir el 50% del IVA de la compra o de las cuotas de renting sin justificar el uso. En IRPF: solo son deducibles los gastos en proporción al uso profesional real y documentado. Un turismo con el 60% de uso profesional puede deducir el 50% de IVA y el 60% de los gastos corrientes en IRPF, si el autónomo puede justificar ese porcentaje.
¿Renting o compra: cuál es más ventajoso fiscalmente?
En renting, la cuota mensual íntegra (sin IVA) es gasto deducible en IRPF en el año en que se paga, sin amortización diferida. Además, el IVA de cada cuota es deducible al 50%. En compra, el coste se amortiza a lo largo de varios años (hasta 14 para turismos al coef. mínimo del 7%/año). El renting es más sencillo administrativamente y genera mayor deducción inmediata; la compra puede ser mejor si el vehículo se revaloriza o si el uso profesional es muy alto y se puede justificar.
¿Se puede deducir un vehículo eléctrico igual que uno de combustión?
Sí, las reglas de deducción son las mismas. El IVA de la compra se deduce al 50% (o al 100% para actividades de transporte exclusivo) y los gastos de recarga, seguro y mantenimiento son deducibles en proporción al uso profesional. Adicionalmente, la compra de un vehículo eléctrico nuevo puede dar derecho a deducciones específicas en el IRPF por inversión en vehículos eléctricos (hasta el 15% del precio de adquisición, con límites).