Cuota RETA normal según tus ingresos
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Cuota con tarifa plana (meses aplicables)
80,00 €/mes
Extensión al 2.º año (ingresos < SMI)
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Meses totales con cuota reducida
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Ahorro total estimado
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Ahorro año 1
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12 meses a €80
Ahorro año 2
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Si ingresos < SMI
Cuota desde mes
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Transición a cuota normal
Preguntas frecuentes
¿Qué es la tarifa plana de autónomos en 2026?
Es la cuota reducida de €80/mes que pueden aplicar los nuevos autónomos durante los primeros 12 meses de actividad, independientemente de sus ingresos. Se reguló como "cuota reducida" en la reforma del sistema de cotización por ingresos reales (2023). Antes se conocía como tarifa plana y era de €60/mes.
¿Puedo extender la tarifa plana al segundo año?
Sí, si durante el segundo año (meses 13 al 24) tus rendimientos netos anuales son inferiores al SMI (aproximadamente €16.576,80 en 2026). La extensión no es automática en todos los casos: en algunas comunidades autónomas puede prolongarse más si hay convenio con la Seguridad Social.
¿Qué pasa cuando termina la tarifa plana?
Pasas al sistema de cotización por ingresos reales del RETA: tu cuota mensual se calcula según la previsión de rendimientos netos del año. Al finalizar el año puedes regularizar si los ingresos reales difieren de los previstos. La base mínima para ingresos bajos está en torno a los €654/mes con una cuota de ~€205/mes.
¿La tarifa plana incluye la prestación por cese de actividad (paro)?
Sí. Desde 2023, los €80 de cuota reducida incluyen la cotización por cese de actividad, contingencias comunes y profesionales, y el MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional). No tienes que pagar nada adicional para estar protegido ante el cese de actividad.
Si me doy de baja y me vuelvo a dar de alta, ¿tengo derecho a la tarifa plana?
Solo si han pasado al menos 2 años desde tu última baja en el RETA (o 3 años si ya disfrutaste de alguna bonificación en ese alta anterior). Si causas baja antes de los 12 meses y te reincorporas dentro de ese plazo, no recuperas la tarifa plana restante.