La declaración de la renta es el resumen anual de todo lo que has ganado y pagado a lo largo del año. Para los autónomos es especialmente importante: si has llevado bien los pagos fraccionados (modelo 130) durante el año, la sorpresa en junio será mínima. Si no, puede llegar un pago inesperado.
La campaña de la renta del ejercicio 2025 se abre habitualmente en abril de 2026 y el plazo termina el 30 de junio de 2026. Si el resultado sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, el plazo se adelanta al 25 de junio.
Puedes presentar por internet a través de la sede electrónica de la AEAT desde el primer día de campaña.
Como autónomo en estimación directa, tu base imponible en el IRPF es el rendimiento neto de actividad:
Ingresos − Gastos deducibles = Rendimiento neto
A este rendimiento se le aplican los tramos del IRPF junto con el resto de tus rentas (trabajo, alquileres, capital mobiliario, etc.).
Son deducibles los gastos necesarios para la actividad que estén justificados con factura. Los más habituales:
Si trabajas desde casa, solo puedes deducir el porcentaje proporcional de los suministros (luz, internet) correspondiente al espacio dedicado a la actividad. Hacienda exige que ese espacio esté afecto a la actividad de forma exclusiva y permanente.
El IRPF es progresivo: no pagas el mismo porcentaje sobre todo lo que ganas, sino tramos crecientes. La tabla siguiente muestra los tipos estatales; los autonómicos varían según tu comunidad autónoma:
| Base liquidable | Tipo estatal |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 9,50% |
| 12.450 € – 20.200 € | 12,00% |
| 20.200 € – 35.200 € | 15,00% |
| 35.200 € – 60.000 € | 18,50% |
| 60.000 € – 300.000 € | 22,50% |
| Más de 300.000 € | 24,50% |
A los tipos estatales se suman los autonómicos (porcentajes similares), resultando en tipos efectivos que rondan el 19–47% en la mayoría de comunidades.
Si has presentado el modelo 130 trimestralmente, habrás pagado por adelantado el 20% de tu rendimiento neto cada trimestre. En la renta anual, esas cantidades se restan de lo que te sale a pagar. Si has ingresado de más, te devuelven la diferencia.
Los autónomos en sus dos primeros años de actividad con rendimientos netos positivos pueden aplicar una reducción del 20% sobre el rendimiento neto, lo que reduce significativamente la factura fiscal.
La estimación directa simplificada aplica si tu cifra de negocio del año anterior fue inferior a 600.000 €. La diferencia principal es que en la simplificada puedes deducir directamente el 5% del rendimiento neto en concepto de gastos de difícil justificación (hasta 2.000 € máximo), sin necesidad de justificar esos gastos concretos.
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