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Herencias · Fiscal

Impuesto de Sucesiones por comunidad autónoma 2026: dónde se paga más y menos

Contratia · Mayo 2026 · Actualizado 2026

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es uno de los tributos más desiguales del sistema fiscal español. Heredar exactamente el mismo patrimonio puede costarte 0 € en Madrid o más de 50.000 € en Asturias. La clave está en que cada comunidad autónoma tiene competencias para regular bonificaciones, reducciones propias y tipos de gravamen.

En esta guía comparamos las 17 comunidades autónomas con datos actualizados a 2026, un ranking claro y ejemplos concretos para que sepas exactamente cuánto pagarías en cada territorio.

Dato clave

El impuesto se paga en la comunidad donde residía el fallecido (su residencia habitual durante los últimos 5 años), no donde vivan los herederos. Si el difunto vivía en Asturias pero sus hijos en Madrid, tributan por las normas asturianas.

Cómo funciona el Impuesto de Sucesiones

Antes de entrar en la comparativa, conviene entender la mecánica básica. El impuesto se calcula en varios pasos:

  1. Valor del caudal hereditario: valor de los bienes y derechos que se heredan.
  2. Reducción estatal por parentesco: se aplica antes de calcular la tarifa. Para hijos mayores de 21 años y cónyuge: 15.956,87 €. Para hijos menores de 21 años: 15.956,87 € + 3.991,21 € por cada año que le falte para cumplir 21 (máximo 47.858,59 €).
  3. Base liquidable: sobre esta base se aplica la tarifa estatal progresiva (del 7,65% al 34%).
  4. Cuota íntegra: resultado de aplicar la tarifa. Se multiplica por un coeficiente según el patrimonio preexistente del heredero.
  5. Bonificación autonómica: aquí está la gran diferencia. Algunas CCAA bonifican el 99% de la cuota (prácticamente gratis), otras no bonifican nada.

Tarifa estatal (referencia)

Para una base liquidable de 300.000 € (herencia típica de un piso), la cuota íntegra estatal ronda los 50.000–52.000 €. Sobre esa cantidad se aplica la bonificación autonómica.

Tabla comparativa: todas las comunidades autónomas

Ejemplo base para los cálculos: herencia de 300.000 € recibida por un hijo mayor de 21 años sin patrimonio previo significativo. Base liquidable ≈ 284.043 €.

Comunidad Autónoma Bonificación hijos/cónyuge Impuesto aprox. (300k, hijo >21) Valoración
Canarias 99,9% ~50 € Casi gratis
Madrid 99% ~504 € Casi gratis
Andalucía 99% ~504 € Casi gratis
Galicia 99% ~504 € Casi gratis
Murcia 99% ~504 € Casi gratis
La Rioja 99% ~504 € Casi gratis
Extremadura 99% ~504 € Casi gratis
Castilla y León 99% ~504 € Casi gratis
Aragón 99% (desde 2024) ~504 € Casi gratis
País Vasco Sistema foral (~0%) ~0–200 € Casi gratis
Navarra Sistema foral (~0%) ~0–300 € Casi gratis
Castilla-La Mancha 95% ~2.500 € Muy bajo
Cantabria 90% ~5.000 € Bajo
C. Valenciana 75% ~12.500 € Moderado
Baleares 50% (Grupo I) ~25.000 € Significativo
Cataluña 25% hijos + reducción propia ~20.000–35.000 € Caro
Asturias Sin bonificación general ~50.000 € Muy caro
Importante

Los importes son aproximaciones basadas en la tarifa estatal y las bonificaciones autonómicas. El cálculo real depende del patrimonio preexistente del heredero, reducciones adicionales (vivienda habitual, empresa familiar, seguros de vida) y la normativa vigente en el momento del fallecimiento. Usa nuestra calculadora para obtener un resultado personalizado.

Comunidades donde prácticamente no se paga

Canarias — 99,9%

La bonificación más alta del país. Con una herencia de 300.000 €, un hijo pagaría alrededor de 50 €. Es prácticamente testimonial. La bonificación se aplica a los Grupos I y II (descendientes, ascendientes, cónyuge y asimilados).

Madrid, Andalucía, Galicia, Murcia, La Rioja, Extremadura, Castilla y León — 99%

Estas comunidades aplican una bonificación del 99% sobre la cuota para los herederos directos. Con 300.000 €, un hijo pagaría en torno a 500 €. Madrid fue pionera (2006), Andalucía se sumó en enero de 2023 eliminando uno de los impuestos de sucesiones más complejos del país.

Aragón — 99% (desde enero 2024)

Aragón aplicó en 2024 una reforma que elevó la bonificación del 65% al 99% para los grupos I y II. Un gran cambio que sitúa a Aragón al nivel de las comunidades más favorables.

País Vasco y Navarra — Régimen foral

Estas comunidades tienen un sistema tributario propio (concierto y convenio económico). Cada Diputación Foral o la Hacienda Tributaria de Navarra aplican sus propias normas, que resultan muy favorables para herederos directos con coste efectivo próximo a cero.

Comunidades con coste intermedio

Castilla-La Mancha — 95%

El 5% restante sobre la cuota íntegra supone unos 2.500 € para una herencia de 300.000 €. Es un coste asumible pero claramente más que las comunidades del 99%.

Cantabria — 90%

Con el 10% sin bonificar, la factura para 300.000 € ronda los 5.000 €. Sigue siendo una comunidad relativamente favorable en comparación con otras.

Comunitat Valenciana — 75%

La bonificación del 75% deja un 25% de la cuota a pagar. Para 300.000 €, un hijo mayor de 21 años puede abonar entre 12.000 y 15.000 €. Un importe ya significativo.

Comunidades con coste elevado

Illes Balears — 50% Grupo I

Baleares bonifica el 50% para descendientes (Grupo I) y el 25% para cónyuge y ascendentes (Grupo II). Para 300.000 €, un hijo pagaría alrededor de 25.000 €. Uno de los impuestos más altos del país para herencias de tamaño medio-grande.

Cataluña — sistema complejo

Cataluña es la comunidad con la normativa más compleja. El cónyuge disfruta de una bonificación próxima al 99%, pero los hijos tienen una bonificación del 25% y una reducción propia de 275.000 € para mayores de 21 años (en lugar de los 15.957 € estatales). Para herencias por encima de esa reducción, el coste puede ser importante. Para 300.000 €: base liquidable ≈ 25.000 € → cuota ≈ 2.500 € → menos 25% → ~1.875 €. Pero para herencias de 600.000 € o más, la factura se dispara.

Asturias — sin bonificación general

Asturias es la comunidad más cara de España para herederos directos. No existe bonificación general sobre la cuota. Para una herencia de 300.000 €, el hijo mayor de 21 años pagaría la cuota íntegra estatal sin descuento alguno: aproximadamente 50.000 €. Es el caso más extremo y la principal razón por la que muchos asturianos revisan su planificación sucesoria.

¿A qué CCAA se paga el impuesto?

La norma es clara: el impuesto se paga en la comunidad autónoma donde el fallecido tuvo su residencia habitual durante el mayor número de días en los cinco años inmediatamente anteriores a la muerte.

Esto tiene varias implicaciones prácticas importantes:

Plazo para liquidar

Tienes 6 meses desde el fallecimiento para presentar y pagar el impuesto. Antes de que venza ese plazo puedes solicitar una prórroga de otros 6 meses adicionales. No hacerlo genera recargos e intereses de demora.

Grupos de parentesco: quién paga qué

Grupo Quiénes son Reducción estatal base
Grupo I Descendientes menores de 21 años 15.956,87 € + 3.991,21 € por año que falte para 21 (máx. 47.858,59 €)
Grupo II Cónyuge, descendientes ≥21 años, ascendientes 15.956,87 €
Grupo III Colaterales de 2.º y 3.º grado: hermanos, sobrinos, tíos 7.978,43 €
Grupo IV Colaterales de 4.º grado en adelante, extraños 0 €

Las bonificaciones autonómicas suelen aplicarse principalmente a los Grupos I y II. Los Grupos III y IV casi siempre pagan el impuesto íntegro o con bonificaciones mínimas, independientemente de la comunidad.

Estrategias de planificación

Conocer estas diferencias permite tomar decisiones de planificación sucesoria:

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